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miércoles, 21 de octubre de 2020

Nuevos Plazos del Período Fiscal

En años anteriores, el periodo contable y fiscal, como bien hemos aprendido, comprende el periodo del 01 de octubre al 30 de setiembre del siguiente año, 365 días en un lapso poco usual del calendario, pero con la aprobación y puesta en marcha de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (Ley 9635), en diciembre 2018 su aprobación, y su puesta en marcha el 01 de julio 2019 (vigencia); el periodo fiscal cambio, según nos indica el numeral II de la ley (Impuesto a las utilidades y su reformas).

Para el periodo 2020 que culmina en no menos de tres meses, el año fiscal se basará de manera no ordinaria en un periodo de quince meses, con el fin de establecer un inicio adecuado de 12 meses del nuevo periodo fiscal 2021 adaptándose así a la nueva realidad y legislación nacional. La ley establece que el año natural que se conoce; corresponderá al año fiscal con el que se llevaran a cabo las operaciones normales en las empresas, así como sus periodos para llevar los registros contables. En síntesis, los periodos fiscales comprenderán del 01 de enero al 31 de diciembre, empezando el periodo 2021 que se avecina, este próximo 01 de enero 2021.

En el presente periodo 2020, se llevará a cabo un periodo comprendido del 01 de octubre 2019 hasta el 31 de diciembre 2020, 15 meses, finalizando de esta manera el cierre fiscal, y dando inicio a un periodo 2021 de un año natural, así se podrá compensar el tiempo y normalizar ver el 01 de enero como inicio del periodo nuevo con el que trabajaremos posteriormente.

Con el cambio del periodo fiscal, también cambian las fechas normales de las obligaciones tributarias, más que todo la presentación del Impuesto a las Utilidades y la declaración informativa, la primera cambia su fecha limite del 15 de diciembre y se traslada al 15 de marzo 2021 (dos meses y quince días de tiempo para preparar las declaración D-101 y similares). Mientras que la declaración informativa D-151 se traslada del 30 de noviembre como todos los años, y su nueva fecha sería el 28 de febrero 2021 (dos meses de plazo). Si hablamos de presentación de IVA, este impuesto no cambia las fechas que conocemos; y seguirá siendo el 15 de cada mes, la declaración correspondiente al mes anterior.

Son cambios a los que debemos acostumbrarnos ya que se harán usuales con el transcurso de los años de trabajo venideros. Pero lo importante acá, es tener muy en cuenta; que ahora el periodo fiscal tendrá las mismas fechas de duración como el año natural, año nuevo; periodo fiscal nuevo; 365 días nuevos de trabajo para hacer  un excelente trabajo en nuestra profesión.

Así que es hora de ir olvidando la idea que el cierre fiscal es el 30 de setiembre como lo hemos hecho en años anteriores, e implantar la idea (y el hecho) de que los plazos variaron y ahora nuestra nueva fecha limite será el 31 de diciembre de cada año venidero. 

Calendario cierre periodo fiscal



domingo, 18 de octubre de 2020

DECLARACIÓN D-151 PERIODO 2020, LO QUE DEBEMOS DE SABER

La Declaración Anual Resumen de Clientes, Proveedores y Gastos Específicos; o también llamada en la jerga contable tributaria, como Declaración D-151, es una obligación que tienen los contribuyentes tanto del Regimen General (Tradicional) así como el simplificado, luego del cierre de cada periodo fiscal.,  

Consiste en la obligación de reportar todos los ingresos correspondientes a ventas, intereses, comisiones y alquileres (siempre y cuando no se hayan reportado en D-125 mensual) acumulados a una misma persona durante un periodo fiscal, o bien las compras y gastos por concepto de comisiones, alquileres, intereses y servicios profesional acumulados; para una misma persona en un mismo periodo fiscal .Lo anterior según oficio DGT-R-45-2015 actualizado a DGT-R-71-2019

Con la implementación de facturación electrónica, la Administración Tributaria logro avanzar en materia de sistemas informáticos y en estos momentos puede acceder en tiempo real a la información de facturación de cada contribuyente obligado a entregar comprobantes electrónicos.

Pero ¿Qué sucede con los contribuyentes del régimen simplificado? Al no estar obligados a facturar electrónicamente, la Admiración Tributaria no puede seguir el rastro de sus operaciones, y por tal razón, todas las operaciones de ventas y compras con el régimen simplificado deben ser reportadas en su totalidad para el periodo 2020 que finaliza el próximo 31 de diciembre 2020.

Realmente, la D-151 no desaparece como se llego a decir en algún momento, lo que si hace es variar y transformase en una declaración informativa más minuciosa y practica; para lo que queda por fuera de la cobertura de los comprobantes electrónicos.

Declaración D-151

Se deben declarar todas la compras y ventas acumuladas hacia una misma persona física o jurídica; y además de ello, los ingresos y gastos por comisiones, intereses, servicios profesionales y comisiones acumulados a una misma persona, física o jurídica, para el periodo comprendido entre el 01 de octubre 2019 y el 31 de diciembre 2020 (período atípico de 15 meses). El tiempo para presentar la declaración informativa es hasta el 28 de enero 2021 (domingo). Al caer en un día no hábil se traslada la obligación a más tardar el lunes 01 de marzo 2021.

Se presenta mediante la Herramienta Informática Declara7. Aunque no genera el pago de ningún tributo a la Administración Tributaria, si no se declara o se presenta luego de la fecha límite, genera sanciones para el contribuyente.

Obligados

Según nos indica La Administración Tributaria textualmente: Los informantes que se encuentran obligados a presentar este modelo de declaración informativa son las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sujetas o no al pago del impuesto sobre la renta, incluidos el Estado, el Sistema Bancario Nacional, Instituto Nacional de Seguros y las demás instituciones autónomas y semiautónomas, municipalidades, las universidades estatales, privadas e internacionales, cooperativas, embajadas, los organismos internacionales, INCAE, CATIE, sociedades mercantiles, organizaciones no gubernamentales (ONG), condominios, fideicomisos, las juntas de educación, juntas administrativas, mutuales de ahorro y préstamo, organizaciones sindicales, las instituciones docentes del Estado, la Junta de Protección Social, la Cruz Roja Costarricense, las asociaciones o fundaciones para obras de bien social, científicas o culturales, las asociaciones civiles y deportivas que hayan sido declaradas de utilidad pública por el Poder Ejecutivo al amparo del artículo 32 de la Ley de Asociaciones, los comités nombrados oficialmente por la Dirección General de Deportes en las zonas definidas como rurales, según el reglamento de la ley del Impuesto sobre la Renta para el período respectivo, la Juntas Directivas de Parques Nacionales, el Comité Olímpico, el Servicio Nacional de Guardacostas, así como los Partidos Políticos, Instituciones Religiosas, Organizaciones Sindicales, Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional y Corporación de Servicios Múltiples del Magisterio, Fondos de Inversión, cualquier entidad creada por ley especial y otros, cuando hayan realizado a nivel nacional, venta o compra de bienes o servicios, a una misma persona durante un mismo periodo fiscal.

 Generalidades

Los informantes del modelo D-151 no deberán incluir en este formulario las operaciones correspondientes a importaciones y exportaciones de bienes. Tampoco se debe incluir los montos a los cuales les efectuó retención y que hubieren reportado en el formulario D-150.

Las compras de bienes o servicios que deben reportarse son, todas aquellas que están directamente relacionadas con la actividad económica que desarrolla el informante. Los montos para reportar por ventas o compras de bienes o servicios no deben incluir los impuestos de ventas y consumo. Asimismo, se deben reportar los montos netos de los casos donde hubo notas de crédito por devoluciones de mercancías derivadas de las relaciones económicas, financieras o profesionales.

Sanciones

El incumplimiento en el suministro de la información señalada dará base para que la Administración Tributaria inicie el proceso para aplicar las sanciones establecidas en el Artículo 83 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, que establece:

a) Incumplimiento total o parcial en el suministro de la información: 2% de los ingresos brutos en el período del impuesto a las utilidades, anterior a aquel en que se produjo la infracción, con un mínimo de 3 salarios base y un máximo de 100. Si el obligado suministra la información dentro de los tres días siguientes al vencimiento del plazo conferido por la Administración, la multa se reducirá en un 75%. Si no se cuenta con el ingreso bruto la sanción será de 10 salarios base. Si los registros no declarados representan un porcentaje superior al 10%, 25%,50% o 75% de los registros que debieron declararse, la A.T podrá dimensionar la sanción aplicable a los casos previstos en el párrafo anterior, estableciendo una multa proporcional del 25%, 50% y 75% respectivamente, de la sanción que le hubiera correspondido. En caso de que no se conozca el importe de los ingresos brutos, se impondrá una sanción equivalente a una multa de 10 salarios base.

 b) Presentación de información con errores o que no corresponda a lo solicitado: 1% del salario base por cada registro incorrecto. (mínimo de 3 salarios base y máximo de 100).

 

Diferencias Periodo 2019 vs 2020

La declaración informativa del periodo 2019 primeramente se llevo a cabo a 12 meses, pero su diferencia mas significativa radica en que solamente se reportaban las compras e ingresos de mas de 2.500.000 acumulados durante el periodo, así como también las comisiones, intereses, alquileres y servicios profesionales de mas 50.000 colones hacia una misma persona. Inferior a dichos montos no se tomaban en cuenta en la declaración. Para el periodo 2020, y lo que da a entender el oficio DGT-R-71-2019 es que se reportaran los montos acumulados hacia una misma persona por los anteriores conceptos, sin tomar en cuenta las bases o montos sobre los que hemos venido trabajando en los reportes de años anteriores.

El periodo fiscal termina el próximo 31 de diciembre y en estos dos meses que faltan, esperaremos los pronunciamientos de la Administración Tributaria, por si hay nuevos cambios que varíen la metodología de trabajo o bien, nuevas resoluciones, que lleguen a afectar la Declaración Informativa D-151 periodo 2020.

Calculadora Declaracion D151




sábado, 17 de octubre de 2020

CATÁLOGO DE BIENES Y SERVICIOS (CABYS)

En los últimos días en los medios nacionales, hemos venido escuchando el termino CABYS y su obligatoriedad de implementarlo a partir del 01 de diciembre 2020 en el formato de facturación electrónica en Costa Rica. ¿Pero en qué consiste realmente el CABYS? según nos lo propone el Ministerio de Hacienda: "El catálogo de bienes y servicios (CABYS) se utiliza para la codificación de bienes y servicios que se comercializan en el mercado nacional".

El Cabys constituye un catálogo que agrupa los bienes y servicios en categorías jerarquizadas, el cual deberá utilizarse al momento de emitir los comprobantes electrónicos. Las tarifas del impuesto sobre el valor agregado (IVA) que se publiquen en el CAByS son únicamente una referencia informativa. Por lo tanto, será responsabilidad del contribuyente asegurarse que coincidan con la normativa vigente.

Los bienes y servicios contenidos en este catálogo se identifican con un código único de hasta 13 dígitos, lo que permite su individualización, partiéndose de 10 categorías generales hasta ampliarse a más de 20.000 productos.

Las primeras 5 categorías, con excepción de prendas de vestir, medicamentos e intervenciones a la salud, responden al clasificador internacional denominado Clasificación Central de Productos (CPC) publicado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), con el respaldo de organizaciones internacionales tales como Eurostat y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). La CPC mantiene una correspondencia con la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas (CIIU) y con el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, base del Sistema Arancelario Centroamericano (SAC).

Como bien se indica, el CABYS viene a ser un Código único con el que codificaran los artículos de la facturación electrónica como una forma de consolidar y familiarizar los elementos que son facturados por cada uno de los obligados tributarios en el proceso de facturación.

Cada uno de los códigos se agruparon según la actividad económica, su familia y artículos relacionados, la lista completa de los códigos se puede acceder en el siguiente enlace 

https://www.bccr.fi.cr/seccion-indicadores-economicos/cat%C3%A1logo-de-bienes-y-servicios#DeltaPlaceHolderMain

La iniciativa del catálogo de bienes y servicios procede de parte del Banco Central y el Ministerio de Hacienda, y se recomienda empezar su implementación con el tiempo suficiente y necesario, debido a que es un proceso que requiere clasificar cada uno de nuestros productos y servicios en una determinada categoría y hacer la modificación el sistema de facturación que utilicemos. 

El Catálogo tendrá revisiones periódicas, las cuales serán publicadas oportunamente.

Pasos para su incorporación:

1.    Elaborar una lista de los bienes y servicios de nuestra empresa/actividad económica.

2.    Identificar la numeración y el Código correspondiente a los artículos o servicios que comercialicemos.

3.    Validar con el proveedor de facturación electrónica que el campo de configuración del CABYS se encuentre disponible.

4.    Realizar la implementación con tiempo en caso de imprevistos

 

Hay que recordar que el tiempo máximo de implementación es el 01 de diciembre 2020.


Que es Cabys Mujer pensando


jueves, 16 de marzo de 2017

RELACION BENEFICIO - COSTO


La relación Beneficio-Coste (B/C) compara de forma directa los beneficios y los costes. Para calcular la relación (B/C), primero se halla la suma de los beneficios descontados, traídos al presente, y se divide sobre la suma de los costes también descontados.
Para una conclusión acerca de la viabilidad de un proyecto, bajo este enfoque, se debe tener en cuenta la comparación de la relación B/C hallada en comparación con 1, así tenemos lo siguiente:



Proyecto A: B/C<1 (No se toma en cuenta)

Proyecto B: B/C>1 (Si se toma en cuenta)

  • B/C > 1 indica que los beneficios superan los costes, por consiguiente el proyecto debe ser considerado.
  • B/C=1 Aquí no hay ganancias, pues los beneficios son iguales a los costes.
  • B/C < 1, muestra que los costes son mayores que los beneficios, no se debe considerar.

·         Claramente la relación B/C de B es mejor que la del proyecto A, por lo que debe ser la seleccionada.

·         Una relación beneficio/coste de 1,11 significa que se está esperando 1,11 dólares en beneficios por cada $ 1 en los costes.

·         Nota: El valor de salvamento en este método se considera como “Costo negativo”, no como un beneficio




jueves, 9 de marzo de 2017

STACK RANKING


Diferentes compañías a nivel mundial, conocidas, tal es el caso de Microsoft, GM en los años 70s y actualmente la más conocida y controversial UBER, han desarrollado dentro de su manejo de personal un método de evaluación conocido como Stack Ranking, que básicamente consiste en una tabla de evaluación numérica a sus empleados, los cuales son calificados por sus mismos jefes, socios de trabajos y clientes de la organización.

La práctica del modelo, es innovador pero sin embargo, puede llegar a causar molestias dentro del clima laboral, ya que un requisito del mismo es que se debe dar una mala evaluación por lo menos a un empleado de cada diez, tres deben recibir excelente y los seis restantes una calificación regular. Por tal motivo causa discordias, de un grupo de 10 personas; anticipadamente se conocerá que una recibirá una mala calificación por parte de los evaluadores; lo que incita al desorden organizacional y al mal desempeño; si las calificaciones de este modo fueran constantes.

La teoría es que el “stack ranking” crea una meritocracia dentro de la compañía y eleva continuamente el nivel de desempeño general, lo que resulta en una mayor competitividad.

Esto debido a que los colaboradores deben esforzarse en ser los que mejores calificaciones incurran, lo que incita a la competividad interna de los mismos, muchas veces este ranking se presta para recibir bonificaciones por objetivos; los más altos de la tabla; logran recibir más incentivos; lo que no por el contrario pueden incluso hasta perder su trabajo.

Uber da una calificación de 1 a 5 a sus empleados y los divide en tres rangos: el 20 por ciento más alto, que recibe bonificaciones y prestaciones adicionales, el 70 por ciento intermedio, al que se le señalan puntos que debe atender, y el 10 por ciento más bajo, que es puesto en un plan de mejora de desempeño y corre el riesgo de ser despedido.

Este puede ser un modelo que puede ser utilizado no como evaluación del desempeño de los colaboradores, sino más bien como una alimentación del desempeño y del cumplimiento de objetivos; ya que los menos calificación reciben no deben ser despedidos si no orientados a mejorar y a crear cultura de la calidad.

Muchas veces se presta al sesgo, ya que al incluir calificaciones personales; si el empleado o supervisor no es bien recibido por sus subordinados o viceversa, podía caer dentro de la tabla baja del ranking aun así su capacidad de trabajo fuera excelente.

Es un modelo que se presta al estudio y a la implementación para la evaluación de todos los aspectos, no solo el laboral. Pero debe realizarlo con cuidado, ya que puede ser causal de despidos de herramientas valiosas de Talento Humano en la organización.



 

 http://www.elfinanciero.com.mx/management/uber-puede-culpar-a-esto-de-sus-problemas-internos.html

martes, 7 de marzo de 2017

LinkedIn en Costa Rica


A nivel global se ha incrementado el uso de redes sociales para beneficio de los departamentos de Recursos Humanos, no queda exento de esto; la red LinkedIn; que en diciembre pasado el gigante Microsoft anuncio su compra, medio de promoción aun mayor en la apertura de camino de esta red empresarial.

“Estoy más confiado que nunca que nuestra acción de unir fuerzas con Microsoft acelerara nuestra misión para conectar a los profesionales del mundo y hacerlos más productivo, exitosos y así ayudarlos a crear oportunidades económicas” expreso Jeff Weiner, CEO de LinkedIn en el blog oficial de la plataforma.

Si el gerente de Recursos Humanos es un innovador de ofertas de servicios, LinkedIn será su mejor opción. Red donde con “subir” la información básica, contacto, enlaces profesionales y experiencia en el campo, se abre una gama de oportunidades en el ambiente laboral y mundo de opciones, donde el empleador puede evaluar las posibilidades y seleccionar entre amplios perfiles de información y opciones al puesto, con unos simples clics y sin salir de la oficina.

La empresa puede por igual dentro de su perfil, no debe olvidar mantener actualizado su perfil, tanta información básica y concisa acerca de la empresa y el Departamento de Recursos Humanos, países de operación si es transnacional, los perfiles los cuales anda en busca y la mejor manera de aplicar a la oferta.

Con un buen manejo de la información, mantener el perfil actualizado y crear buenas relaciones entre la comunidad de LinkedIn existe una alta oportunidad de ser contratado o por lo menos estar dentro del radar de las empresas con necesidad o deseo de personal calificado y actualizado.

En Costa Rica se ha abierto el mercado para esta red social, sino mas bien red empresarial, que lo que busca es ofrecer un canal activo y simple de comunicación, donde el también dueño del perfil es permitido a visualizar quien realizo una búsqueda de información acerca del, lo que mejora la interacción entre ambos
.
Afortunadamente en el país, la red ha surgido y tomado fuerza, principalmente en la fuerza laboral joven (entre 18 y 30 años); donde se ha visto una actividad del 28% de usuarios activos, según una encuesta realizada por UNIMER.


Dato a considerar para los empleadores y encargados de RRHH, se les brinda una oportunidad de conectarse con su futuro personal, sin ni siquiera haber establecido un contacto formal pero que de una u otra manera, ya han establecido una relación laboral, en el amplio mundo del internet.

http://www.elfinancierocr.com/gerencia/recursoshumanos/Prestele-atencion-LinkedIn-contratar-personal_0_1110488956.html

jueves, 23 de febrero de 2017

PLANILLA SALARIAL EN EXCEL

A continuación un ejemplo fácil y practico de lo que puede ser el formato de una planilla salarial por departamentos en la herramienta Excel.

Actualmente existen sistemas informativos que son los encargados de llevar todo el control del personal tanto de su información básica, como las remuneración salarial, pero que muchas veces llegan a ser de alto costo, e imposibles para muchas personas, tanto PYMES como comerciantes individuales, de bajo pesupuesto o que apenas están empezando en el mundo de los negocios.

Con el archivo presente, se detalla una forma sencilla de poder registrar en una hoja de trabajo las horas y costos por empleados por departamento, para un mejor control a la hora de registrarlo en la contabilidad.

La herramienta Excel esta libre, por lo cual si fuera el caso, es de adaptarlo a las necesidades de la empresa según corresponda, modificando la hoja de trabajo a conveniencia.

PLANILLA SALARIAL EN EXCEL





martes, 21 de febrero de 2017

Gestion Tecnologica de los Recursos Humanos

En una época tan globalizada es importante conocer las herramientas básicas con las que puede contar el departamento de recursos humanos de una empresa, con los cuales puede mejorar las gestiones y la información del personal, para lograr procesos mas eficientes y eficaces.

A continuación las categorías básicas de software que puede ser útil en una empresa departamentalizada:

  1. Planillas: El modelo de Planilla automatiza la gestión del sueldo reuniendo los datos del trabajador sobre su trabajo, asistencia, calculando las deducciones e Impuestos, la cotización social a generando periódicamente la orden de pago. Permite también generar datos y estadísticas para el conjunto del personal relativo a estos datos. Sistemas sofisticados pueden establecer transacciones de cuentas por pagar, de la deducción de empleado o producir cheques. El módulo de nómina envía la información al libro de Contabilidad general
  2. Gestión de las prestaciones de trabajo: El módulo de gestión de las prestaciones de trabajo permite evaluar la información de tiempo/trabajo de cada empleado. El análisis de los datos permite una mejor distribución de trabajo. Este módulo es un ingrediente clave para establecer capacidades de contabilidad analítica de los costes de organización positivos.
  3. Gestión de las prestaciones sociales: El módulo de gestión de las prestaciones sociales permite a los profesionales de recursos humanos administrar lo mejor posible las prestaciones sociales, obligatorias o no, como el seguro enfermedad, el de accidentes de trabajo, o los sistemas de Jubilación complementarios.
  4. Gestión de recursos humanos: El módulo de gestión de recursos humanos cubre otros aspectos de los RRHH, incluye menos particularidades legales y está más enfocado a una política de gestión. El sistema registra datos de dirección, selección, formación y desarrollo, capacidades, dirección de habilidades y otras actividades relacionadas. Aquí se administran los datos personales (edad, dirección, familia...), las competencias y títulos, las formaciones seguidas, los niveles de salario, el registro de los datos del currículum vitae entre otros.
  5. Indicadores de productividad Para evaluar la productividad de cada empleado, es necesario cuantificar el tiempo y las actividades que generan resultados positivos dentro de la organización. Esto se vuelve muy complicado, sobre todo en las empresas de servicios donde se producen bienes intangibles. En estos casos es necesario "medir" las actividades de cada uno de los empleados, separar las actividades "Productivas" (aquellas que están directamente relacionadas con la empresa) de las "Personales" (aquellas que no tienen relación directa con la empresa). De esta manera se puede cuantificar el costo real (horas persona) que le toma a cada uno de ellos realizar sus labores, así como las herramientas que utilizan para alcanzar los objetivos.
http://es.workmeter.com/blog/bid/192132/5-softwares-para-gestion-de-recursos-humanos

jueves, 26 de enero de 2017

RECURSOS HUMANOS, PELICULA LAURENT CANTEC

A continuación podrá encontrar el enlace a la película de 1999 de Laurent Cantec acerca la reforma laboral sufrida en Francia, en el cual se limitaba el numero de horas trabajadas en las empresas de Francia, disminuyendo la jornada laboral y afectando el salario.

Nos habla un poco sobre la intervención de los sindicatos en las organizaciones, como el talento humano joven puede intervenir en la toma de decisiones y el disgusto de los colaboradores con sus supervisores por las decisiones tomadas; lo que puede llegar a afectar el rendimiento de los mismos.

PELICULA RECURSOS HUMANOS

lunes, 16 de enero de 2017

Cuentas IBAN Costa Rica

FORMATO IBAN

El Código Internacional de Cuenta Bancaria (IBAN) es un número de identificación que permite validar internacionalmente una cuenta bancaria que tenga un cliente en una entidad financiera.

Estándar creado por el Comité Europeo de Estándares Bancarios (ECSB) con el objetivo de facilitar la identificación homogénea de las cuentas bancarias a todos los países.

Tanto el IBAN como el CCC (estándar español de cuentas) identifican la misma cuenta bancaria.
El IBAN puede utilizarse en todas las operaciones con el extranjero, con todos los países del mundo, y sirve principalmente para identificar la cuenta bancaria en los pagos internacionales.

En este sentido, los bancos ha adaptado sus sistemas de entrada informática para poder reconocer y validar los IBAN en todas las operaciones que lo requieran.

Cada país dispone de un sistema y unas normas de identificación de cuentas bancarias propios, y no pueden aplicarse las normas de otros países, lo que no facilita las transacciones de pagos internacionales. Ello provoca retrasos, incidencias y costes no deseados.El IBAN resuelve esta situación y aporta, entre otras, las siguientes ventajas:
·         Disminución de los errores de imputación.
·         Transmisión correcta de los datos relativos al número de cuenta bancaria.
·         Facilidad en el tratamiento automatizado a lo largo de todo el circuito.
·         Reducción de las intervenciones manuales.
·         Rapidez de transmisión.
·         Reducción de costes.

sábado, 14 de enero de 2017

¿Qué es una PYME?

Se han preguntado alguna vez o escuchado el término PYME?

Las siglas PYMES se refieren a las iniciales de Pequeña y Mediana Empresa. Podemos definir una pequeña y mediana empresa como una unidad productiva de permanencia en el mercado que genere utilidades en el transcurso del tiempo mediante la disposición de recurso humano, bajo la figura de personas física o jurídicas, en diversas actividades, tanto industriales, comerciales , de servicios, agropecuarias y dentro de la categoría Turismo especialmente.

Para acceder a los beneficios de la Ley PYME, todas las incluidas deben adquirir condición legal extendido por un certificado del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) mediante el acceso al Sistema de Información Empresarial Costarricense.

Requisitos Incorporación PYME
  1. Calificar como micro, pequeña o mediana.
  2. Permanencia en el mercado.
  3. Unidas productiva formal.
  4. Cumplir con la ley N°8262, tanto para el formulario D-101 y el D-105 (Impuesto general sobre las ventas y impuesto sobre renta).
  5. Formulario de Inscripción PYME